.- Incluir una papeleta no oficial, o un documento electoral no oficial, o equivocarse en la votación por la introducción de una papeleta correspondiente a otra casilla.
.- Incluir varias papeletas de candidatos distintos para el mismo cargo, de modo tal que no pueda saberse por quién deseaba votar el elector.
.- Incluir fragmentos de papeletas, de modo tal que no pueda saberse por quién deseaba votar el elector.
.- Incluir objetos extraños.
.- Escribir en la papeleta palabras, marcas, tachaduras. En España, no será nulo el voto emitido en papeleta cuya única irregularidad sea que aparezca señalado el nombre de alguno de los candidatos comprendidos en ella.
Por regla general, los distintos sistemas electorales consideran al voto nulo como "voto inválidamente emitido". Según las normas electorales, el voto en blanco puede pertenecer también a esta categoría, o bien considerarse como válido al igual que los votos positivos. Los votos inválidos no influyen en la elección de los candidatos, pero sí constituyen un importante parámetro de la medida de la legitimidad política, tanto del sistema electoral vigente, como de los partidos y candidatos del país.
Votos reales, de fotografías realizadas por miembros de las me
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